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Imagen de fondo de una oficina del SEPE junto a otra de un hombre trajeado con una maleta en un aeropuerto y otra más de una mano con muchos billetes de 50 euros

¿Indemnización y finiquito?: lo único que la empresa te tiene que pagar sí o sí

Cuando finaliza una relación laboral hay que tener claros los conceptos de indemnización y finiquito y cuál sí hay que cobrar

Cuando un trabajador finaliza su relación laboral con la empresa, empiezan a asaltarle las dudas. Sobre todo, las relacionadas con la indemnización y el finiquito, dos conceptos que todos conocemos, pero que siguen sin estar del todo claros.

Una de las preguntas que más se repite es si el trabajador tiene derecho a cobrar la indemnización o si tan solo se cobra el finiquito. Para despejar dudas, es necesario tener claro qué es cada uno de ellos.

Qué es el finiquito y de qué se compone

El finiquito y la indemnización son diferentes por completo. El primero está compuesto de las cantidades pendientes que el trabajador tiene por cobrar, ya que se los ha generado a la empresa.

Este es el motivo de que no tenga una cuantía fija. En este sentido, se compone de lo siguiente:

  • Sueldo de días trabajados y no cobrados: si despiden a un trabajador el día 20, es necesario que cobre esos primeros días trabajados hasta el despido.
  • Días de vacaciones no disfrutados: si el trabajador tiene días de vacaciones acumulados y no gastados, hay que abonarlos en el momento del despido.
  • Pagas extra: la parte proporcional de las mismas cuando se reciben como un ingreso aparte y no se prorratean.
  • Horas extra: las que no se hayan cobrado y otros pluses generados, pero no recibidos.

El finiquito puede ser negativo

En este punto, es necesario destacar que el finiquito también puede ser negativo. Esto sucede cuando el trabajador es quien le debe dinero a la empresa y no al contrario. Por ejemplo, si ha recibido un anticipo de la nómina.

También se puede dar el caso de que el empleado haya disfrutado de días de vacaciones por adelantado. A pesar de que existe, no es algo habitual. De forma general, es la empresa quien le debe el finiquito al trabajador.

Cuándo se cobra la indemnización por despido

Por su parte, la indemnización solo se recibe en algunos casos, al contrario que el finiquito. Se trata de una compensación que busca reparar el daño que se le ha ocasionado al trabajador por el despido.

Esta se calcula teniendo en consideración unas bases. Estos son los casos en los que se puede percibir y la cuantía que corresponde:

  • Despido objetivo: la indemnización es de 20 días de salario por año trabajado (máximo de 12 meses de salario).
  • Despido colectivo o ERE: 20 días de salario por año trabajado (máximo de 12 meses).
  • Fin del contrato: 12 días de salario por año trabajado o la establecida según la normativa específica.
  • Despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado (máximo de 24 mensualidades). Si el contrato es de antes del 12 de febrero de 2012, son 45 días de salario por año con un tope de 42 mensualidades.
  • Despido voluntario (dimisión): si se ha producido por modificaciones sustanciales en las condiciones del contrato o incumplimiento, es la misma indemnización que en el despido improcedente.