La Seguridad Social ha anunciado una nueva ayuda económica de 635 euros al mes para personas en situación vulnerable. Esta medida, que entrará en vigor en 2025, se dirige a adultos que viven solos y carecen de los ingresos necesarios para cubrir sus necesidades. Con esta ayuda, el Gobierno busca reducir la precariedad en personas que, debido a sus circunstancias, enfrentan grandes dificultades para cubrir sus gastos.
¿Cuáles son los requisitos para obtener esta ayuda de la Seguridad Social?
Para recibir los 635 euros mensuales, debes cumplir con dos condiciones esenciales.
Primero, vivir solo. Es decir, ser el único integrante de tu unidad de convivencia. Este requisito garantiza que el apoyo llegue a personas sin una red de ingresos compartidos.
Segundo, encontrarte en situación de vulnerabilidad económica, algo que se determinará revisando los ingresos y patrimonio de cada solicitante. Esto significa que quienes ya superen ciertos umbrales de ingresos o propiedades no serán elegibles para esta ayuda.
Ingreso Mínimo Vital: un apoyo más robusto
Este beneficio se enmarca dentro de las mejoras del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que desde su creación en 2020, se ha convertido en un pilar de ayuda para los más necesitados. La nueva ayuda de 635 euros representa un aumento significativo respecto a los primeros importes del IMV, que comenzaron en unos 400 euros y han ido subiendo progresivamente. La cuantía actual responde a la necesidad de ofrecer un apoyo económico que esté en línea con el coste de vida.
¿Quiénes pueden beneficiarse en 2025?
El perfil de los beneficiarios está bastante definido. Se prevé que esta ayuda llegue especialmente a adultos entre los 25 y 65 años que viven en España.
A diferencia de otros beneficios sociales, no es necesario tener personas a cargo. Esta es una ventaja importante, ya que muchos adultos en situación vulnerable no tienen hijos o dependientes.
La Seguridad Social pedirá documentación que acredite la residencia en España durante al menos un año antes de la solicitud. Además, el solicitante debe estar inscrito como demandante de empleo, a menos que tenga una justificación médica que indique la imposibilidad de trabajar.