¿Tienes un perro?, toma nota porque ya hace unos meses que todos los dueños de los perros tienen que firmar un seguro por tenerlos. Lo deben hacer porque están obligados a cubrir las molestias y daños que una mascota puede ocasionar en un momento dado.
Estamos hablando de unos daños sobre las personas o bienes según la nueva Ley de Bienestar Animal, publicada el 29 de marzo en el BOE.
Con esta ley se busca darle una vida más satisfactoria a las mascotas. Y fijar una serie de puntos que vamos a reseñar a continuación. Además, si te despistas y no contratas dicho seguro, puedes acabar siendo multado con 500 euros o incluso una sanción mayor a esta.
Si tienes perro, podrían multarte por esto con la nueva ley del Gobierno
En cuanto al seguro, todas las mascotas deben de tenerlo. Si nos referimos a los perros, antes de esta nueva ley tan solo era obligatorio el seguro para los potencialmente peligrosos. Pero todo cambia, ya que ahora no hay diferencias entre raza y tamaño para contratar dicho seguro.
En este caso, hablamos de un seguro diferente al que se venía contratando hasta ahora para otras mascotas. El coste y su cobertura depende de la aseguradora y el perro del que hablemos.
Puede versar desde el seguro de Verti Mascotas a partir de 54 euros al año, al de Adeslas Mascotas Básica desde 63 euros al año. Por su parte, el de Mapfre Seguro de Mascotas (más Responsabilidad Civil) va desde 89 euros anuales y el de Asisa Mascotas desde 115 euros.
La Ley de Bienestar Animal lo deja claro
Dicha ley expone que "en el caso de la tenencia de perros, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros".
Dicho seguro debe incluir en su cobertura "a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados. Y se establecerá reglamentariamente".
En cuanto a las multas para aquellos que no tengan este tipo de seguro, podrían ir desde sanciones leves hasta una multa que llegue a los 500 euros. Así lo aclara el apartado de 'Infracciones y Sanciones' del portal del Ministerio de Interior.
Sin duda, la Ley de Bienestar Animal del Gobierno ha dado mucho de qué hablar y añade ciertos apartados que hasta ahora no eran tema de señalamiento.
Por ejemplo, los espectáculos de circo con animales salvajes. Estos quedan prohibidos a no ser que te arriesgues a pagar una multa de 200.000 euros.
Te van a sancionar con 500 euros si no tienes un seguro para perros
Tampoco se podrán realizar circos con animales salvajes, crías de animales de particulares o peleas de gallos. A su vez, se descarta igualmente el permiso de tener animales en escaparates. Un dato curioso es que la ley excluye en todo momento a los perros de caza.
Con todo, se prohíben anfibios, peces o artrópodos que pueden suponer un riesgo grave para la salud de las personas y animales si sufren su mordedura o veneno.
Además, tener toda clase de primates; mamíferos silvestres que superan los cinco kilos también queda totalmente prohibido.
Asimismo, se prohíbe la venta de gatos, perros y hurones en tiendas de animales. Aunque si se podrá acudir a estas para ver mascotas en adopción si hay un trato existente con las protectoras.
Hay que tener mucho cuidado con una multa, incluso pena de cárcel, que te puede caer por lesiones de hasta 12 meses. Y de hasta 18 si se acaba produciendo el fallecimiento del animal. El castigo por la muerte de las mascotas iría de 12 a 24 meses de cárcel o bien una multa de 18 a 24 meses.
Además, las multas llevarían un intervalo entre 50.000 a 200.000 € por infracciones muy graves o la eutanasia, de forma incorrecta o bien con personal que no esté cualificado.