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Dos personas dándose la mano y en primer plano una imagen de varios billetes apilados

El nuevo beneficio económico que acaban de reconocer a los trabajadores en España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictamina que los días de vacaciones retribuidas serán recompensados en dinero

La Justicia trabaja para defender los derechos de los trabajadores en relación con sus condiciones laborales y las vacaciones que pueden disfrutar. Hemos conocido una sentencia del 18 de enero del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que dictaminó algo inesperado sobre los derechos de las vacaciones de un trabajador.

El tribunal expuso que aquellos días que no hayan podido ser disfrutados antes de dejar un trabajo tienen que ser compensados al trabajador en dinero. Lo deja claro la directiva europea que ejecuta las leyes sobre el trabajo y el descanso de los trabajadores.

Con todo, esta sentencia concede el derecho a los mismos a cobrar los días que no hayan podido disfrutar de sus vacaciones anuales. Y todo, una vez que ya ha finalizado su relación con la empresa. Los magistrados de la más alta instancia judicial europea, con sede en Luxemburgo, han creado jurisprudencia con esta sentencia.

La Justicia respalda a los trabajadores el derecho a cobrar las vacaciones no disfrutadas si dimiten

El TJUE dictaminó que solo había un caso en el que este derecho no podría ser disfrutado por el trabajador. Cuando él mismo haya elegido no acogerse a los días de vacaciones que le correspondían. Para ser válida esta salvedad, el empresario tiene que acreditar que realizó una actuación correcta para que el trabajador tuviese el derecho a disfrutar esos días.

La sentencia, del 18 de enero de 2024, responde a un conflicto laboral en Italia, examinado por un tribunal que tendrá que ejecutar un dictamen tras lo sentenciado en Luxemburgo.

 Hablamos de un director gerente del Ayuntamiento de Copertino, al sur de Italia, entre 1992 y 2016. Hace ocho años, el trabajador dimitió para jubilarse de forma anticipada, y pidió que por los 79 días de vacaciones que no había disfrutado le recompensasen económicamente.

Una sentencia que crea jurisprudencia para satisfacción de los trabajadores españoles

El consistorio de Copertino rechazó la petición del trabajador alegando una norma nacional en la que los empleados públicos no pueden obtener ninguna compensación monetaria para disfrutar de esas vacaciones pendientes.

Gracias al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el citado trabajador va a cobrar esas vacaciones pendientes. Y es que la norma italiana no puede ceñirse a ciertos aspectos económicos, como el control del gasto público por parte del ayuntamiento.

Tras el dictamen europeo, tendrá que ser el tribunal italiano el que emita la sentencia final para que el trabajador pueda cobrar esos 79 días de vacaciones. Aquellos que tenía pendientes cuando se jubiló de forma anticipada.