Logo EstoesAtleti.es
Logo EstoesAtleti.es
Logo Messenger
Logo Twitter
Un paleta reformando una casa al lado de la ventana y unos billetes de euros en la mano

La persona que debe pagar los desperfectos de un piso, según la Ley de Vivienda

Si estás viviendo de alquiler, tan solo tendrás que pagar ciertas reparaciones menores dentro del hogar

Una duda recurrente, tanto para los inquilinos como para los propietarios de una vivienda en alquiler, es quién tiene que pagar los desperfectos del inmueble. Estamos hablando de, entre otras cosas, una serie de arreglos o reparaciones que necesita imperiosamente la vivienda. Pero, claro está, alguien que tiene que poner el dinero para subsanar estos problemas.

La respuesta está en las normas que fijó la Ley de Vivienda en nuestro país sobre los problemas que puedan tener lugar en una vivienda. Y es que algunos de ellos no son moco de pavo y te puedes dejar una buena cantidad de tu dinero en reparaciones.

Hablamos de la pregunta del millón sobre quién tiene que tomar la responsabilidad de hacer esos arreglos de la vivienda de alquiler. Por fin, salimos de dudas porque, según el artículo 21.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, dichas reparaciones tendrán que ser pagadas por el propietario.

Si vives de alquiler y tu vivienda requiere alguna reparación importante, no tendrás que pagarla

Si nos fijamos detalladamente en la normativa, se dispone que el arrendador tendría que realizar obligatoriamente este tipo de reparaciones. Y claro está, sin subir nada el precio de alquiler en ningún caso. Hablamos de “todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido”.

Eso sí, desde la Ley de Vivienda se pone de manifiesto que hay salvedades a este respecto. Se refieren a "cuando el deterioro de cuya reparación sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil", apunta.

A pesar de que estos desperfectos tengan que ser pagados por el propietario, el inquilino tiene la obligación de comunicarle estos requerimientos cuanto antes al arrendador. Deberá exponerle "la necesidad de las reparaciones, a cuyos solos efectos deberá facilitar la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda", según la ley.  

Eso sí, la normativa no es igual a la hora de acometer reparaciones de menor calado, especialmente las que son por el desgaste del uso ordinario de la vivienda. Esta serie de arreglos tendrán que ser pagados por el arrendatario.

De hecho, es habitual que en muchos contratos se firme un acuerdo por el que el propietario pagará toda aquella reparación que pase de cierta cantidad, normalmente, entre los 100 y los 150 euros. Las reparaciones menores, pues, debe pagarlas el inquilino, siempre y cuando así se especifique en el contrato.