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Un hombre enseña una calculadora, con una casa en miniatura, y en el extremo derecho un bloque de billetes

La casilla de la Renta en la que puedes desgravar la vivienda en alquiler en 2024

Tanto propietarios como inquilinos pueden disfrutar de deducciones en la declaración de la Renta

La Campaña de la declaración de la Renta ya está aquí. Hasta el 1 de julio, muchos contribuyentes deberán presentar sus ingresos a Hacienda y rendir con las cuentas pertinentes.

No obstante, existe la posibilidad de beneficiarse de algunas deducciones fiscales por conceptos. Y uno de ellos es el del alquiler de tu vivienda, y repercute a caseros y a los inquilinos. Hay desgravaciones a nivel estatal y autonómico, y la Agencia Tributaria explica quién puede acceder a ellas y de qué manera se puede hacer.

Las desgravaciones a las que puedes tener derecho si eres inquilino

Hay deducción para los inquilinos con contratos de arrendamiento de antes del 1 de enero de 2015 y una base imponible anual por debajo de los 24.107,20 euros. Esto se puede hacer en la sección "Deducciones generales/Por alquiler de la vivienda habitual". El contribuyente puede deducirse hasta un 10,05%.

Pincha en la casilla 0719, y se pide el NIF del arrendador y el importe satisfecho (cantidad de alquiler que se ha pagado). En las casillas correspondientes se mostrará la deducción que se aplica.

Además de las deducciones estatales, algunas comunidades autónomas cuentan beneficios fiscales por el alquiler de vivienda. Las desgravaciones varían según la región, y los contribuyentes pueden encontrarlas en la sección "Deducciones autonómicas" de la declaración de la Renta.

Entre las comunidades autónomas que ofrecen estas deducciones se encuentran Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias o Cantabria. También están Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, La Rioja y la Comunitat Valenciana.

Puedes consultar las deducciones de cada comunidad en este enlace.

Las deducciones a las que puedes tener derecho si eres propietario

Los propietarios también pueden disfrutar de estas deducciones:

  • Deducción del 90%: El inquilino firma un contrato en una zona tensionada. El casero deberá haber bajado el precio del alquiler un 5%.
  • Deducción del 70%: Si alquila la vivienda por primera vez en una zona tensionada y el arrendatario tiene entre 18 y 35 años. También se aplica si el arrendatario es una Administración Pública o una entidad sin ánimo de lucro que destina la vivienda al alquiler social.
  • Deducción del 60%: La vivienda debe haber sido rehabilitada en los dos años anteriores a la firma del contrato de arrendamiento.
  • Deducción del 50%: Se aplica para el resto de arrendatarios que no han cumplido con las condiciones mencionadas en los otros puntos.

Los caseros deben confirmar que tienen inmuebles en propiedad en la casilla 75. Si has estado viviendo durante un tiempo, debes marcarlo en la casilla 76.