Logo EstoesAtleti.es
Logo EstoesAtleti.es
Logo Messenger
Logo Twitter
Dos personas a las puertas de una oficina del SEPE, con un mano con varios billetes

El SEPE permite cobrar el paro con otras ayudas en estos casos concretos

Existe la posibilidad de trabajar y recibir la prestación por desempleo. Para ello, deben cumplirse unas condiciones específicas

El Sistema Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo que gestiona las prestaciones por desempleo en España. Tiene un papel crucial y brinda apoyo económico a aquellos ciudadanos que se encuentran sin trabajo y necesitan ingresos para cubrir sus necesidades básicas. 

Esta prestación, conocida como 'paro', tiene una extensión de 2 años como mucho. En caso de agotar el plazo, el SEPE pone a disposición el subsidio por desempleo y la renta activa de inserción (RAI). Si el beneficiario sigue en una situación vulnerable y no encuentra la manera de reinsertarse en el mercado laboral, el subsidio extraordinario es el último elemento disponible. 

Puedes cobrar el paro y cobrar otras ayudas o tener otros ingresos

La normativa vigente establece que la prestación por desempleo puede compatibilizarse con otras en casos específicos. Por lo tanto, existe la posibilidad de percibir un ingreso económico adicional sin afectar al derecho al paro. Todo queda recogido en la Ley de Seguridad Social.

Las pensiones abonadas por otro país, los contratos de trabajo firmados en un programa de sustitución de personas en formación o la indemnización legal por la extinción del contrato de trabajo. Todas son excepciones que permiten ser compatibilizadas con la obtención del paro y aceptadas por el SEPE. Las prestaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo también se incluyen.

El trabajo a tiempo parcial tampoco impide cobrar el paro en algunos casos, pero hay que restar la parte proporcional al tiempo trabajado. Las prestaciones económicas de la Seguridad Social, por su parte, deben haber sido compatibles con el trabajo que originó la prestación de desempleo. Los trabajos parciales en el sector público o sindicatos también se pueden compaginar.

Las becas, ayudas y prácticas formativas, así como la prestación por incapacidad permanente total no impiden recibir el paro. En este último caso, la invalidez debe ser compatible con el trabajo que la provocó.

Por otro lado, percibir ayudas no contributivas, como el Ingreso Mínimo Vital, no quita el derecho al cobro del desempleo. Asimismo, si recibes el subsidio para mayores de 52 años, puedes tener un contrato laboral a tiempo completo indefinido o temporal si es superior a los 3 meses.

Otras excepciones

Todos estos casos comentados, menos el último, pueden compatibilizarse con el paro si no se supera el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y se justifican responsabilidades familiares. Además, también es posible recibir la prestación por desempleo siendo autónomo si se cumplen unos requisitos, o como socio de una nueva sociedad laboral.

El tiempo máximo para recibir ambos ingresos de forma simultánea es de 270 días. Esta compatibilidad debe solicitarse en plazo de 15 días a partir de la fecha en la que comiences a trabajar por cuenta propia.